¿Conocen nuestros hijos las reglas que imperan en Internet?

Internet y las redes sociales no son ni mucho menos un territorio sin ley. El entorno digital está sujeto a derechos que hay que proteger y respetar, y deberes que se han de cumplir.

Es útil conocer la legislación relacionada con menores y nuevas tecnologías para saber y transmitir a nuestros hijos e hijas qué derechos les amparan en el entorno digital, sobre todo si son víctimas de algún ataque delictivo. Además de los deberes que han de tener bien presentes. De la misma forma, para las madres y padres también es útil ser conscientes de qué recursos legales nos pueden ayudar a protegerles, y qué obligaciones debemos cumplir. 

Ley de protección integral de la infancia y la adolescencia

En España se aprobó en junio de 2021 una nueva ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que incluye un apartado específico sobre protección frente a la violencia online. Pero desde mucho antes de esta fecha, la legislación en esta materia es amplia, y también las declaraciones que abogan por la protección de los derechos online de los menores. 

En 2004, Unicef presentó el «Decálogo de los e-derechos de los niños y niñas», donde se expresa la importancia de incentivar el uso y acceso a la tecnología para fines informativos y recreativos, pero con responsabilidad. Entre otros derechos, se recoge aquí el de «buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de la red», «al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego mediante Internet y otras tecnologías» y «a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, pacífico, solidario, justo y respetuoso con el medio ambiente».  

Este decálogo trata, en definitiva, de destacar el uso positivo de Internet y de las redes sociales como un elemento que se ha de potenciar en la infancia y la adolescencia, y en cuya correcta aplicación los progenitores y la Administración deben asumir un papel activo. 

En 2016, la Unión Europea aprobó el Reglamento General de Protección de Datos, que daba de plazo hasta mayo de 2018 para la entrada en vigor de las sanciones asociadas. Este reglamento establece que el tratamiento de datos personales de los menores de 16 años solo es lícito si el titular de la patria potestad o tutela lo autoriza, aunque los estados miembros pueden establecer por ley una edad inferior, hasta los 13 años. Este artículo, en apariencia tan sencillo, afecta directamente, entre otros aspectos, a la edad mínima de uso de las redes sociales, ya que la creación de una cuenta implica el tratamiento de los datos personales del usuario. Es decir, la edad mínima a la que un niño o niña puede abrirse un perfil en redes sociales sin el permiso de su padre o de su madre no es algo que la plataforma establece porque sí, sino porque hay un marco legal que lo regula. 

Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales

En España, entre las leyes más relevantes sobre menores y tecnología están también la Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la Ley de Código Penal y la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores. 

La Ley de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales aprobada en 2018 recoge, entre otras cuestiones, que todos los españoles tienen derecho a acceder a Internet y que el sistema educativo debe garantizar el aprendizaje de un uso seguro y respetuoso de los medios digitales. Además, esta ley establece que toda persona tiene derecho a que se supriman los datos personales que haya facilitado a los servicios de redes sociales, y también a que se eliminen los datos personales, como las fotos, que hayan publicado otras personas. Es importante conocer este punto, ya que significa que tenemos derecho a reclamar que se retiren fotos y vídeos en los que aparezcan nuestros hijos e hijas y que consideremos especialmente sensibles, que dañen su imagen, o que resulten humillantes. Para ejercitar este derecho podemos acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y su Canal Prioritario.   

La Ley de Código Penal recoge todos los delitos relacionados con Internet y redes sociales: el ciberacoso, el grooming o la difusión online de imágenes de contenido sexual sin permiso, son delitos que sí están tipificados. No hace falta que memoricemos los artículos del Código Penal, pero sí es útil que tengamos constancia de que existen, y que estos delitos tienen también su castigo. El artículo 169 recoge el delito de amenazas; el 172, el de coacciones; el 172 ter, el de acoso; el 173, el de trato degradante; el 183 ter, el de grooming; el 197, el de descubrimiento y revelación de secretos (léase espiar el móvil o el WhatsApp); el 197.7, el de difusión sin consentimiento de imágenes audiovisuales íntimas; el 205, el de calumnia; el 208, el de injurias; el 243, el de extorsión… Delitos que tienen su correspondiente castigo.  

¿Y si el que comete el delito es mi hijo?

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando quien comete este delito es menor de 18 años? Entra en juego la Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores, que establece que a los menores de 14 años no se les puede imputar responsabilidad penal por los delitos cometidos: no se les puede «castigar» legalmente. Entre los 14 y los 18 años están sujetos a un régimen jurídico particular, basado en principios orientados a la reeducación, que, además, diferencia entre dos tramos de edad: de 14 a 16 años, y de 16 a 18 años. 

Esto significa que los padres y madres somos responsables de los posibles delitos que puedan cometer nuestros hijos e hijas cuando son menores de edad, un motivo más para supervisar su actividad online. Por ejemplo, en caso de que haya que pagar una multa o indemnización, los padres han de hacerse responsables de abonarla: el objetivo es proteger los intereses y necesidades de la víctima.  

 Aunque cuidado, de nada servirá que les digamos que si incurren en un delito nosotros somos responsables, si lo que queremos es educarles en un uso responsable y positivo de Internet y las redes sociales.

En el curso gratuito que hemos elaborado junto a Orange: “Redes Sociales para padres y madres”, María Lázaro nos cuenta cómo potenciar este uso creativo de las redes sociales.

 

 

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María Dotor

Tener solo unas líneas para presentarse no es fácil. Espero hacerlo bien 😉 Soy periodista y amante de la educación. Una de mis frases favoritas es: “La educación no cambia el mundo, cambia a las personas que van a cambiar el mundo” de Paulo Freire. Por eso creo que es tan importante tomárnoslo en serio. Por eso, y porque educar es el más apasionante e importante de los viajes. ¿No crees?

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